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4 junio 2026

Audiencia de Valencia admite personación de Carlos Mazón en investigación de la dana

La Audiencia Provincial de Valencia ha admitido la personación de Carlos Mazón en la causa de la dana, cambiando su estatus de testigo a persona con derechos de defensa.

Audiencia de Valencia admite personación de Carlos Mazón en investigación de la dana

En un giro significativo del caso de la dana del 29 de octubre de 2026, la Audiencia Provincial de Valencia ha admitido la personación de Carlos Mazón, expresidente de la Generalitat Valenciana. Esta decisión, tomada el 3 de junio de 2026, ha anulado su citación como testigo y le ha otorgado derechos procesales clave.

La jueza Nuria Ruiz Tobarra, titular del Juzgado de Instrucción de Catarroja, había citado inicialmente a Mazón como testigo. Sin embargo, tras la admisión de su personación por parte de la Audiencia, su estatus ha cambiado. Ahora, Mazón puede ejercer su derecho de defensa y no está obligado a declarar bajo juramento.

La decisión de la Audiencia y sus implicaciones

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial estimó el recurso de Mazón, permitiéndole incorporarse a la causa. El tribunal consideró que la investigación sigue abierta y que las diligencias en marcha podrían tener una eventual trascendencia inculpatoria para él. Aunque no se le ha imputado formalmente, se le reconoce el estatus de personado, lo que le otorga derechos como guardar silencio y no declarar contra sí mismo.

Derechos adquiridos por Mazón

Con su personación, Mazón adquiere derechos según los artículos 118 y 118 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Estos derechos incluyen:

  • Guardar silencio
  • No declarar contra sí mismo
  • No responder a determinadas preguntas
  • No confesarse culpable

Estos derechos son fundamentales, ya que un testigo está obligado a decir la verdad bajo apercibimiento de falso testimonio. La personación de Mazón evita esta obligación, permitiéndole una defensa más robusta.

El papel del SAIH en la investigación

Este jueves, el jefe de área del Sistema Automático de Información Hidrológica (SAIH) de la Confederación Hidrográfica del Júcar declaró como testigo. Según su testimonio, Mazón llegó al Centro de Coordinación de Emergencias de la Generalitat en L’Eliana pasadas las ocho de la tarde, mostrando desconocimiento de la situación. El testigo describió su llegada como la de alguien que «iba como si fuera un extraterrestre».

El responsable del SAIH afirmó que el sistema de vigilancia hidrológica funcionó correctamente durante toda la jornada del 29 de octubre de 2026. Los datos sobre precipitaciones, caudales y crecidas estuvieron disponibles en tiempo real para los organismos competentes. Sin embargo, la llegada de Mazón al Cecopi provocó una repetición de debates e informaciones que ya se habían tratado previamente, afectando la dinámica de la reunión.

El mensaje ES-Alert y su relevancia

Una de las cuestiones clave en la investigación es la elaboración y envío del mensaje ES-Alert. La Audiencia considera que no puede descartarse que las averiguaciones permitan atribuir a Mazón una actuación relevante en este aspecto, especialmente en relación con los fallecimientos y lesiones investigados.

La jueza Ruiz Tobarra había pedido a Mazón que entregara voluntariamente sus mensajes de aquella jornada con sus subordinados, para saber si pudieron influir en la toma de decisiones de la exconsellera de Interior, Salomé Pradas. Sin embargo, Mazón no llegó a entregarlos. La Audiencia ha destacado la importancia de estas comunicaciones para esclarecer los hechos.

La postura de la Fiscalía

El Ministerio Fiscal se había adherido al recurso de Mazón. La Fiscalía sostuvo que el artículo 118 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal nació para evitar que un aforado sea investigado sin conocimiento efectivo de las actuaciones que le afectan. Recordó que la finalidad de la reforma legal de 2002 fue impedir que diputados o senadores conocieran la existencia de procedimientos por la prensa o cuando ya se hubiera solicitado el correspondiente suplicatorio.

Conclusión

La decisión de la Audiencia Provincial de Valencia ha cambiado significativamente el rumbo del caso de la dana. Carlos Mazón, ahora personado en la causa, puede ejercer su derecho de defensa y participar en el procedimiento con las mismas garantías que un investigado. Esta decisión subraya la importancia de los derechos procesales y la necesidad de una investigación exhaustiva para esclarecer los hechos ocurridos durante la trágica jornada del 29 de octubre de 2026.

Autor

Diego Morales

Diego Morales escribe igual de bien sobre la táctica de un derbi madrileño y una ruta gastronómica por Asturias. Periodismo deportivo con contexto y crónica de viaje con itinerario real.